miércoles, 9 de noviembre de 2016

ACTIVIDAD 1. SUPUESTO PRÁCTICO

Empezamos este curso en línea sobre Acoso y Convivencia Escolar aportando las respuestas al supuesto práctico nº 1 relativo a Primaria.

¿ESTOS HECHOS PUEDEN CONSIDERARSE COMO ACOSO?

Ya la propia definición dada por  Dan Olweus y que recoge el documento marco que ha establecido la Comunidad de Madrid, establece estas conductas como acoso.

Un estudiante sufre acoso escolar cuando está expuesto repetidamente a lo largo del tiempo a acciones negativas por parte de uno o más estudiantes’. Dichas acciones negativas comprenden desde recibir conductas agresivas de tipo social, (como por ejemplo, hacer el vacío, rechazar o realizar ostracismo sobre alguien), hasta conductas de tipo verbal (como insultar, poner motes, o mofarse de alguien) y o realizar conductas de tipo físico (como golpear a otro compañero). Puede ser directamente realizado como por ejemplo insultar o empujar a alguien o indirecto y habitualmente más elaborado, como por ejemplo, levantar un rumor falso sobre alguien' (Olweus, 1993).

Además en este caso práctico se ven claramente los tres componentes básicos del acoso: DESEQUILIBRIO, INTENCIÓN y REITERACIÓN.



¿QUÉ DOCUMENTOS O PLANES DE CENTRO DEBEN CONTEMPLAR Y TENER PREVISTAS ESTE TIPO DE CONDUCTAS?

Este tipo de conductas deben recogerse ya desde el PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO, para posteriormente ir concretándolas y dando pautas de actuación progresivamente en distintos documentos de centro: el PLAN DE CONVIVENCIA, EL PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL  y el RRI. 

¿QUÉ TE PARECEN LAS REACCIONES DEL JEFE DE ESTUDIOS Y LA TUTORA?

Ninguna de las reacciones es la correcta. La tutora, tras la primera entrevista con los padres tendría que haber intervenido en el aula, haciendo una indagación sobre las relaciones sociales que se producen en la misma. Podría realizar un socio grama que refleje la posición de cada alumno dentro de clase. Además la actuación posterior del jefe de estudios y de la tutora en el aula, victimizan aún más al niño, ya que le hacen sentir culpable por no jugar con sus compañeros de clase "para hacerse más fuerte" y dejándole en ridículo delante del resto del alumnado, mostrando la perspectiva de que él solo no sabe solucionar los problemas y que deben ser sus padres quién lo hagan por él.


¿QUÉ MEDIDAS EDUCATIVAS Y DISCIPLINARIAS PODRÍAN ACTIVARSE ANTE ESTOS HECHOS?

Se debería aplicar el RRI a los alumnos que han cometido la agresión hacía Adrián como medida disciplinaria, además de informar a los tutores legales de dichos alumnos del comportamiento de los niños en el colegio.
A nivel educativo, se deberían trabajar en clase actividades que propiciasen un buen clima de trabajo y de convivencia, que favorezcan además la resolución de conflictos de manera pacífica y relajada. Se deberían llevar a cabo las actividades propuestas en el Plan de Convivencia del Centro, así como otras muchas actividades que favorezcan una relación sana entre iguales, para prevenir de esa manera el posible acoso escolar. 
Se debería trabajar por tanto en todo el aula, evitando que estas conductas agresivas se produzcan y favoreciendo además que el clima de la clase permita al resto de los alumnos no ser MEROS OBSERVADORES de estas actuaciones, sino que intervengan evitando dichos comportamientos o informando de los mismos.


¿QUÉ OPINAS SOBRE LOS COMPORTAMIENTOS DE LOS ALUMNOS?

Como ya he respondido en la anterior pregunta, los alumnos se comportan como ESPECTADORES de esas situaciones, pero no se involucran. Se debería trabajar en el aula y en el centro para evitar esa observación pasiva. Se tendría que motivar al resto del alumnado a dar respuesta a dichas actuaciones: INFORMANDO o ACTUANDO contra ellas. Además citar la importancia de la PREVENCIÓN, para evitar que se lleguen a dar esas conductas en el centro, se deberían realizar campañas de concienciación y trabajar con todo el alumnado, familias, servicio no educativo y profesorado para favorecer la no aparición de conductas de acoso. Es necesaria la IMPLICACIÓN de toda la Comunidad Educativa.

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